III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-8796)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, en el marco de la convocatoria del Programa Pleamar 2019 de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de mayo de 2021

Partida

Material fungible.
Gastos indirectos.
Total.

Sec. III. Pág. 64057

Importe total

650,47
2.476,64
20.638,06

Los gastos que se origen como resultado de este convenio se financiarán con cargo
a las partidas presupuestarias correspondientes del Presupuesto de gastos del CSICIEO para el año 2021. Los gastos indirectos se calculan según la convocatoria de la
Fundación Biodiversidad como un 15% de los gastos de personal. La partida
presupuestaria con la que se financiarán los gastos de personal es la 28.105.467E.1, la
partida con la que se financiarán los viajes y manutención es la 28.105.467E.23 y la
partida con la que se financiará el material fungible es la 28.105.467E.22.
5. Para llevar a cabo el proyecto, la UC cuenta con un presupuesto de treinta y
cuatro mil ciento ochenta y seis euros con seis céntimos (34.186,06 €). Este presupuesto
total se desglosa en los siguientes conceptos:
Partida

Personal.
Viajes y manutención.

Importe total

33.086,06
1.000,00

Subcontrataciones.

0,00

Asistencias externas.

0,00

Material inventariable.

0,00

Material fungible.
Gastos indirectos.
Total.

100,00
0,00
34.186,06

6. De la ayuda recibida por la Fundación Biodiversidad, el CSIC-IEO transferirá a la
UC la recepción de los fondos por el importe de 23.833,67€, conforme a la distribución
entre socios que se estableció en la solicitud del proyecto. Dicho pago estará
condicionado a la efectiva recepción por el CSIC-IEO de la ayuda.
7. Los pagos se harán después de la entrega de los trabajos y tras la justificación y
aprobación de la totalidad de los gastos y una vez que la FB haya transferido los fondos
al CSIC-IEO.
8. Para ello, y con carácter previo a la transferencia de esta ayuda, la UC deberá
acreditar ante el CSIC-IEO la justificación económica, según lo especificado en este
apartado, para así poder recibir el/los abono/s.
9. La realización del gasto, la justificación y la custodia documental del mismo por
parte de la UC se ajustará a lo dispuesto en la Convocatoria de Ayudas, Bases
Reguladoras, y demás normativa aplicable, a las condiciones recogidas en la Resolución
de Concesión de la ayuda, así como a las indicaciones recogidas en las
correspondientes Guía para la ejecución y justificación de los proyectos publicadas por la
FB.
10. La UC remitirá al CSIC-IEO, por cada uno de los ingresos que reciba de ella,
los documentos de gastos (facturas, tickets, recibos, etc.), así como todos los
documentos acreditativos de los gastos que se realicen conforme al presupuesto
anteriormente especificado, con sello de imputación al proyecto y cualquier otro
documento adicional que le pudiera ser solicitado por el CSIC-IEO. Para la justificación le
será de aplicación la normativa indicada en el párrafo anterior, así como las demás
notificaciones oficiales que se transmitan desde la FB.

cve: BOE-A-2021-8796
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 125