III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-8790)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para la realización por la Estación Experimental Aula Dei, de la finalización de los exámenes técnicos de identificación varietal de manzano y patrones de prunus necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Miércoles 26 de mayo de 2021

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que, en materia de acuerdos, tiene delegada por Resolución de 21 de enero de 2021, de
la Presidencia del CSIC (BOE de 28 de enero de 2021).
Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en
este acto, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece, en su
artículo 3, punto 1, apartado j), que corresponde a la Dirección General de Producciones
y Mercados Agrarios, desarrollar las competencias del Departamento en materia de
control de la producción, importación, exportación, certificación y comercialización de
semillas y plantas de vivero, y de material de reproducción y multiplicación de las
especies agrícolas y forestales; la protección de las obtenciones vegetales, y la
inscripción de variedades a través de los registros de variedades protegidas y de
variedades comerciales, así como en lo relativo a la realización de los ensayos
necesarios para el registro de variedades, y la custodia y mantenimiento de las
colecciones de referencia de material vegetal necesario para estos registros y el control
de la producción. La Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y la Oficina
Española de Variedades Vegetales, integrada en dicha Subdirección General, llevan a
cabo la ejecución de tales competencias.
Segundo.
Que de conformidad con la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la
Protección de las Obtenciones Vegetales y la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y
plantas de vivero y recursos fitogenéticos, se establece que previo a la concesión del
título de obtención vegetal y su inscripción en el Registro de Variedades Comerciales, en
adelante RVC, toda variedad será sometida a un examen técnico. El examen técnico
será realizado bajo la responsabilidad del MAPA, que podrá llevarlo a cabo directamente
o mediante acuerdo con las Comunidades Autónomas u otras instituciones españolas o
extranjeras que desarrollen tareas similares.
Tercero.
Que la OEVV es «Oficina de Examen» en lo relativo a la protección comunitaria de
obtenciones vegetales para diversas especies vegetales, conforme al artículo 55 del
Reglamento (CE) 2100/94, del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección
comunitaria de las obtenciones vegetales. Por tanto, la Oficina Comunitaria de
Variedades Vegetales (en adelante OCVV), puede encargar a la OEVV la realización de
exámenes técnicos para las variedades que han solicitado protección comunitaria.

Que el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento general del registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento
general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero dispone en su
artículo 33 que la realización de los ensayos de identificación corresponderá a la Oficina
Española de Variedades Vegetales que los llevará a cabo directamente o mediante
acuerdos con las comunidades autónomas por los Centros de examen a que hace
referencia el artículo 37.1 - designados por la Oficina Española de Variedades Vegetales
como encargados de la realización de los ensayos de identificación-, o por otros entes
públicos o privados que realicen tareas similares.

cve: BOE-A-2021-8790
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.