III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-8724)
Resolución 420/38183/2021, de 19 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de actividades conjuntas docentes y de investigación entre la Facultad de Veterinaria y el Centro Militar de Veterinaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 63637

d) Informar al estudiante de su organización interna, funcionamiento y normativa
sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) Prestar ayuda y asistencia al estudiante durante su estancia en prácticas.
f) Elaborar los informes preceptivos con la evaluación del rendimiento y el
aprovechamiento de las prácticas por parte del estudiante, según modelos facilitados por
la Facultad de Veterinaria.
g) Comunicar a la Facultad de Veterinaria eventuales renuncias o bajas
anticipadas.
h) Facilitar a cada estudiante un certificado acreditativo de sus prácticas.
i) Aportar los profesores y el personal técnico que requieran las actividades
docentes y/o de investigación objeto de este Convenio.
j) Colaborar con la Facultad de Veterinaria de la UCM en la organización de cursos,
seminarios, conferencias, y otras actividades, sobre temas de interés común.
k) Promocionar la investigación conjunta en los ámbitos científico y técnico de
interés común.
l) Facilitar la asistencia y participación de personal cualificado de la Facultad de
Veterinaria de la UCM en la impartición de cursos, seminarios, conferencias, y otras
actividades, que puedan desarrollarse en el CEMILVETDEF.
m) Facilitar el intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de
documentación no clasificada.
n) No cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla
con los estudiantes que realicen prácticas en la entidad.
Aportación de la UCM:

a) Efectuar una preselección de los candidatos interesados en las prácticas
académicas ofertadas.
b) Presentar al responsable del CEMILVETDEF los candidatos dentro de las
condiciones generales de este Convenio.
c) Establecer procedimientos de gestión de las ofertas: difusión, solicitudes y
adjudicación de las prácticas académicas, de conformidad con criterios objetivos
previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia e
igualdad de oportunidades.
d) Designar un profesor, tutor académico, que será responsable de la orientación y
supervisión de las prácticas y, en su caso, de la validación académica previa y de la
evaluación final del estudiante.
e) Reconocer académicamente a los estudiantes de las enseñanzas de los Grados
Oficiales de Veterinaria y de Ciencia y Tecnología de los Alimentos, las prácticas de
acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por la UCM.
f) Posibilitar la asistencia de los alumnos militares de las especialidades
complementarias del Cuerpo Militar de Sanidad Especialidad Fundamental Veterinaria a
másteres y títulos propios de la Facultad de Veterinaria, así como el acceso a los
distintos departamentos de la misma en las condiciones que se determinen anualmente
por la comisión mixta de seguimiento descrita en la cláusula octava.
g) Facilitar la participación de personal cualificado del CEMILVETDEF en la
dirección de tesinas y tesis doctorales a presentar en la UCM.
h) Facilitar la asistencia y participación de personal cualificado del CEMILVETDEF
en la impartición de cursos universitarios, seminarios, conferencias, etc., que puedan
desarrollarse en la Facultad de Veterinaria.
i) Colaborar con el CEMILVETDEF en la organización de cursos, seminarios,
conferencias, y otras actividades, sobre temas de interés común.
j) Promocionar la investigación conjunta en los ámbitos científico y técnico de
interés común.

cve: BOE-A-2021-8724
Verificable en https://www.boe.es

La UCM reconocerá al CEMILVETDEF como centro colaborador en las enseñanzas
prácticas y la Facultad de Veterinaria realizará los cometidos siguientes: