II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-8671)
Resolución 400/38175/2021, de 14 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aprobados en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, convocado por Resolución 400/38017/2020, de 22 de enero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 63375

Administraciones Públicas, dirigidos a la Subsecretaría de Defensa (Subdirección
General de Personal Civil), los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico o Grado, de acuerdo con lo establecido en la base 5.1 de la
Resolución de convocatoria del proceso selectivo anteriormente mencionado.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el
ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las Disposiciones de Derecho
Comunitario.
1. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial,
según el modelo que figura como anexo II.
2. Autorización al Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 522/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, para
realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de
datos de identidad, según el modelo que figura como anexo III a esta Orden. En caso de
no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento de identidad.
3. Certificación expedida por los Servicios Médicos de Salud, acreditativa de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo.
4. Fotocopia compulsada del permiso de conducción clase B.
5. Anexo V, petición de destino, debidamente cumplimentado por el aspirante
aprobado, en el que se relacionarán por orden de preferencia, los destinos ofertados
para el programa por el que ha participado, y que se relacionan en el anexo IV
Tercero.
Publicar como anexo IV a la presente Resolución los destinos ofertados a los
aspirantes aprobados en cada programa.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases 4 y 5 de la convocatoria
y en apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra esta Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 14 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce
García.

cve: BOE-A-2021-8671
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Cuarto.