III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-8733)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

Novena.

Sec. III. Pág. 63703

Vigencia.

El periodo de vigencia de este Convenio será de dos (2) años, pudiendo ser
prorrogado de forma expresa y por escrito, con carácter previo a la finalización del plazo
inicial, y por la voluntad conjunta de ambas Partes, por un período adicional de hasta
otros dos (2) años.
El presente Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las Partes y será
eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, sin perjuicio de su publicación también en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez (10) días desde su formalización.
Décima.

Naturaleza jurídica.

El presente Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa y se regirá por lo
dispuesto en sus propias cláusulas y en el Capítulo VI del Título Preliminar de la LRJSP,
aplicándose los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que
pudieran suscitarse en su interpretación y ejecución.
Undécima.

Protección de datos de carácter personal.

Las Partes quedarán obligadas al cumplimiento de la normativa vigente que resulta
de aplicación en materia de protección de datos de carácter personal.
En caso de que una de las partes tenga acceso a datos proporcionados por la otra,
únicamente tratará dichos datos de carácter personal conforme a las instrucciones de la
parte cedente de los mismos. No los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del
Convenio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
En el caso de que la parte receptora de los datos los destine a otra finalidad, los
comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Convenio, será considerada
también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera
incurrido personalmente.
Duodécima.

Notificaciones.

A efectos de notificaciones, se considerarán como interlocutores de las Partes las
siguientes personas:
– Por parte de INFO MURCIA: el titular del Departamento de Internacionalización.
– Por parte de ICEX: el titular de la Direccion de Cooperación Institucional y
Coordinación. Email: cooperacion.institucional@icex.es
Decimotercera.

Jurisdicción y resolución de controversias.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente Convenio, a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados
al principio del Convenio, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–Por el Instituto de Fomento de la Región de
Murcia, la Presidenta, María del Valle Miguélez Santiago.–Por ICEX España Exportación
e Inversiones, E.P.E. la Consejera Delegada, María Peña Mateos.

cve: BOE-A-2021-8733
Verificable en https://www.boe.es

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberá solventarse, de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo por esta
vía, las Partes se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo de Madrid, a los que se someterán las partes con renuncia
expresa de su propio fuero.