II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-8677)
Resolución de 10 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 63417

Los aspirantes incluidos en cualquiera de los apartados anteriores, deberán
acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
6.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que deriven de su nombramiento.
6.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad
máxima de jubilación forzosa.
6.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
6.5 Titulación. Poseer el título de Médico Especialista en alguna especialidad en
ciencias de la salud, expedido por el Ministerio competente, o estar en condiciones de
obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, dentro
del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de
homologación, expedida por el Ministerio de Educación. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones
de Derecho Comunitario.
6.6 No poseer plaza en propiedad en la categoría en la que participe, como
personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
6.7 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio de las profesiones,
oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido
condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual,
que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación
sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de
seres humanos.
6.8 Tasas. Abonar las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes
que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base 7.5 de
esta convocatoria.
6.9 Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
7.

Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar
en formulario de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la
página web: www.administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la
tramitación de las inscripciones de los candidatos en procesos selectivos.
7.2 Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación deben
presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,
excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y días declarados festivos.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

cve: BOE-A-2021-8677
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 124