II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. (BOE-A-2021-8570)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición, siempre que no figuren reseñados en el Anexo VII que se cita a
continuación.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como Anexo VII a esta convocatoria.
3.

Curso selectivo.

El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de Cultura y tendrá
como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la
preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del
Cuerpo convocado.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas
teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que
se impartan.
El curso selectivo será de hasta seis meses de duración. Una parte del mismo se
realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Secretaría General de
Cultura, como período de prácticas. Dicha estancia podrá realizarse en Unidades de la
Secretaría General de Cultura, en organismos adscritos al Ministerio u otros
departamentos ministeriales.
La Secretaría General de Cultura designará una Comisión de Valoración, que será la
encargada de calificar el curso de "Apto" o "No Apto", siendo necesario obtener la
calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo
incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter
inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la
coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas
correspondientes a diferentes convocatorias.
Calificación final.

Para los aspirantes por ingreso libre que superen el curso selectivo, la calificación
final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Para los aspirantes por promoción interna que superen el curso selectivo, la
calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la
fase de oposición y en la de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio, o en su caso, en los
sucesivos.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.

cve: BOE-A-2021-8570
Verificable en https://www.boe.es

4.