III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-8638)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Autoridad Portuaria de Melilla, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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autorización de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser
considerada como de dominio público.
Duodécima.

Régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente Convenio.–El Secretario General de Administración Digital, Juan
Jesús Torres Carbonell.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, Víctor
Gamero García.
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 €.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 €.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 €.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del
servicio durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas
será 30.000 €.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 €.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos
hasta la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los apuntes registrales que
se realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación
adjunta.
ANEXO II

Don Víctor A. Gamero García, como Presidente, declara que durante el ejercicio del
año 2020 el número de asientos registrales de entrada y salida que fueron realizados
conjuntamente en las oficinas de registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en
las condiciones del presente Convenio, asciende a un total de 3.122 asientos registrales.

cve: BOE-A-2021-8638
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