III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-8638)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Autoridad Portuaria de Melilla, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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solución tecnológica para la gestión de los libros de registro de entrada y salida de la
Autoridad Portuaria de Melilla, así como para la interconexión electrónica de su registro
con el Sistema de Interconexión de Registros y el Registro Electrónico Común.
2. Fijar los términos, las condiciones generales de uso y el soporte necesario para
el funcionamiento de la aplicación GEISER.
Segunda.

Especificaciones de la aplicación.

1. la Autoridad Portuaria de Melilla debe usar la aplicación GEISER con sus propios
recursos para la mejora de la Administración electrónica en su ámbito de competencias.
2. La SGAD y la Autoridad Portuaria de Melilla se prestarán el soporte necesario
para la solución de las incidencias técnicas de carácter informático relacionadas con la
aplicación, en los términos recogidos en la cláusula cuarta de este Convenio.
3. La conexión de los usuarios de [nombre del organismo público o entidad de
derecho público vinculado o dependiente] a la aplicación GEISER se hará a través de la
Red SARA, gestionada por la SGAD, que adoptará las medidas de seguridad que
garanticen la confidencialidad del tránsito de la información intercambiada.
4. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de [nombre del organismo
público o entidad de derecho público vinculado o dependiente] y el grupo de usuarios de
la SGAD como superadministradores de GEISER.
5. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso y
gestión, en su propio ámbito, del software y de las aplicaciones citadas anteriormente.
En todo caso, la SGAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que
provenga del mal empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del
servicio por causas ajenas a la infraestructura de la SGAD.
6. Los equipamientos de la Autoridad Portuaria de Melilla y sus usuarios deberán
cumplir los requisitos mínimos exigidos para el uso de GEISER que figuran en su
documentación.
Tercera.
1.

Obligaciones de las partes.

La SGAD se compromete a:

a) Proponer una lista de indicadores de seguimiento a los efectos de obtener la
información necesaria durante la puesta a disposición de la aplicación GEISER en
relación a la prestación del servicio por la SGAD, a la Autoridad Portuaria de Melilla.
b) Adscribir al proyecto de los medios humanos y técnicos necesarios para la
adecuada adaptación e implantación inicial de la citada aplicación en la Autoridad
Portuaria de Melilla.
c) Entregar el material para la autoformación específica del personal de la
Autoridad Portuaria de Melilla, encargado de dar soporte funcional e informático antes de
la puesta en producción de la aplicación.
la Autoridad Portuaria de Melilla se compromete a:

a) Utilizar la aplicación GEISER para la gestión de su registro oficial de
entrada/salida en sus oficinas de registro y unidades tramitadoras.
b) Llevar a cabo la formación de los usuarios de esta aplicación en su ámbito.
c) Contribuir al mantenimiento anual de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER, en los términos establecidos en la cláusula sexta del presente
Convenio.
d) Abonar la compensación económica en la forma y cuantía que se estipula en la
cláusula sexta del presente Convenio, con cargo a sus propios créditos presupuestarios.
e) Comunicar a la SGAD cualquier incremento significativo en el uso de la
aplicación que no haya sido recogido en la estimación prevista.

cve: BOE-A-2021-8638
Verificable en https://www.boe.es

2.