II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-8568)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 62691

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración,
corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta
convocatoria.
La duración del mismo será de dos horas y quince minutos.
La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de
cuatro meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la ampliación de los
mismos conforme a lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2020.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 936/2020, de 27
de octubre por el que se prueba la oferta de empleo público para el año 2020, el Tribunal
hará pública la plantilla correctora correspondiente a este primer ejercicio en el plazo
máximo de tres días a contar desde su finalización.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito 10 supuestos de carácter
práctico, cada supuesto contendrá 5 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que
versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo
todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del
valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán
obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los aspirantes
resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados
por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración,
corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta
convocatoria.
La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 936/2020, de 29
de octubre, por el que se prueba la oferta de empleo público para el año 2020, el
Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este segundo ejercicio en
el plazo máximo de tres días a contar desde su finalización.
Calificación de la fase de oposición: en ambos ejercicios de la fase de oposición, la
calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven
de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente
convocatoria.
Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido
mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
Tercer ejercicio: Pruebas de aptitud médica: estarán dirigidas a comprobar que no se
aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en
el anexo V de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019,

cve: BOE-A-2021-8568
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