III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-8628)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Loja, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
8628

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Loja, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 13 de mayo de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ayuntamiento de Loja (Granada) para la incorporación de los Cuerpos de
Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio
que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Loja (Granada) para
la incorporación de los Cuerpos de Policía locales al «Sistema de Seguimiento
integral de los Casos de Violencia de Género».
Madrid, a 13 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Francisco Joaquín Camacho Borrego, Alcalde del Ayuntamiento
de Loja (Granada) (en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por el Pleno Municipal en
sesión constitutiva de este Ayuntamiento de fecha 15 de junio de 2019, actuando en
nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el
artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, con domicilio a los efectos del presente Convenio en plaza Duque de Valencia,
s/n, 18300 de Loja (Granada).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del

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