III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-8627)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Candelaria, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
8627

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Candelaria, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 13 de mayo de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ayuntamiento de Candelaria para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género»,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Candelaria para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 13 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
Calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, doña María Concepción Brito Núñez, Alcaldesa Presidenta del Ilustre
Ayuntamiento de Candelaria (en adelante, el Ayuntamiento), nombrada en la sesión plenaria de
Constitución de la Corporación de fecha 15 de junio de 2019, actuando en nombre y
representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los
efectos del presente Convenio en Avenida de la Constitución, n.º 7, 38530 de Candelaria.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2021-8627
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