III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Billetes y monedas en euros. (BOE-A-2021-8648)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se modifica la de 27 de octubre de 2006, de aprobación de las cláusulas generales aplicables al servicio de caja ordinario del Banco de España para los billetes y monedas en euros.
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Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas
apropiadas (integridad y confidencialidad), así como la obligación de mantenerlos de
forma que se permita la identificación de los interesados durante no más tiempo del
necesario para los fines del tratamiento (limitación del plazo de conservación).
XX.

Entrada en vigor.

Las presentes Cláusulas Generales entrarán en vigor el 1 de enero de 2007.
ANEJO 1
Adhesión a las Cláusulas Generales aplicables al servicio de caja ordinario del
Banco de España para los billetes y monedas en euros
Madrid, ....................................................... NIF ..........................................................
N.º Registro, ........................................... con domicilio en .................................................,
y en su nombre y representación, ...................................................................................
con DNI ...................................................., especialmente facultado para este acto
mediante poder otorgado ante el Notario .............................................................................
Solicita por la presente su adhesión a las «Cláusulas Generales aplicables al servicio
de caja ordinario del Banco de España para los billetes y monedas en euros» (en
adelante, las Cláusulas Generales), a cuyo fin manifiesta:
1.º Que acepta expresamente el contenido de las Cláusulas Generales y actos que
el Banco de España dicte para su ejecución, así como el de aquellas disposiciones que
en el futuro vinieran a sustituir, modificar o complementar, en todo o en parte, las
mencionadas Cláusulas Generales y los actos dictados para su ejecución.
2.º Que designa a las personas autorizadas para operar en relación con el servicio
de caja ordinario previsto en estas Cláusulas Generales que se indican en el escrito
anexo al presente documento.

cve: BOE-A-2021-8648
Verificable en https://www.boe.es

Por la entidad adherida,

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X