V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-25713)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Santander por la que se modifica el objeto de la concesión otorgada por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 19 de junio de 2002, de la que es titular Noatum Terminal Santander, Sociedad Anónima Unipersonal y el Pliego de Cláusulas de Explotación que establece el régimen jurídico del título habilitante para la prestación del servicio de manipulación de mercancías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

25713

Resolución de la Autoridad Portuaria de Santander por la que se
modifica el objeto de la concesión otorgada por acuerdo del Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 19 de
junio de 2002, de la que es titular Noatum Terminal Santander,
Sociedad Anónima Unipersonal y el Pliego de Cláusulas de Explotación
que establece el régimen jurídico del título habilitante para la prestación
del servicio de manipulación de mercancías.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la
sesión celebrada el 14 de mayo de 2021 a propuesta de la Dirección, acordó
autorizar la modificación sustancial de la concesión administrativa otorgada por
acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander de
fecha 19 de junio de 2002, para la ocupación de una parcela de unos 63.213
metros cuadrados, situada en el Espigón Norte de Raos, con destino al
establecimiento y explotación de una Terminal de Graneles Sólidos, consistente en
la modificación del objeto de la concesión administrativa de la que es titular, por
ampliación y manteniendo el objeto actual.
Asimismo acordó la modificación del Pliego de Cláusulas de Explotación que
establece el régimen jurídico del título habilitante para la prestación del servicio de
manipulación de mercancías.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 85.7 y 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre.
Santander, 14 de mayo de 2021.- El Presidente, Francisco Luis Martín Gallego.

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