IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25615)
PAMPLONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 33184

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

25615

PAMPLONA

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 3/2015 referente al concursado
Herederos de Ezequiel Garcia, Sociedad Limitada, con CIF B31707813, con
domicilio en Avenida de la Estación, 28, de Cintruénigo, por auto de fecha 6 de
mayo de 2021, se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva
dice así:
Decido:
1.º-Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Herederos
de Ezequiel Garcia, Sociedad Limitada, con CIF B31707813 y archivo del presente
procedimiento cesando todos los efectos de la declaración de concurso sin
perjuicio de su posible reapertura.
2.º-Se acuerda el cese en su cargo del Administrador concursal y se declaran
aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 479.6 del texto refundido de la Ley
Concursal llévese testimonio de la presente resolución a la Sección 2.ª
3.º-Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad
en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 807, Folio 40, Hoja NA16522. A tal fin expídase mandamiento a dicho registro público con expresión de
firmeza de esa resolución.
4.º-Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja
de inscripción en el Registro mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase
mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de firmeza,
comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.
5.º-Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el registro
público concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6.º-Remítase esta resolución al boletín oficial del estado para que sea
publicada a la mayor brevedad en virtud del artículo 482 del texto refundido de la
Ley Concursal.

Entréguese los despachos al procurador de la concursada para que cuide de
su curso y gestión.
Comuníquese al Juzgado Decano de Tudela, y a todos los juzgados de primera
instancia y de los social de Pamplona- Iruña, con el fin de que se ponga en
conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483
y siguientes del texto refundido de la Ley Concursal.

cve: BOE-B-2021-25615
Verificable en https://www.boe.es

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre
el deudor.