I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Red ferroviaria. (BOE-A-2021-8513)
Orden TMA/488/2021, de 19 de mayo, por la que se modifica el Catálogo de líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por Orden FOM/710/2015, de 30 de enero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Orden TMA/488/2021, de 19 de mayo, por la que se modifica el Catálogo de
líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por Orden
FOM/710/2015, de 30 de enero.

Durante los días 18 al 21 de octubre de 2018, se produjo un fuerte temporal de
lluvias que, como consecuencia de la crecida del río Blanco, destruyó el puente que
salvaba dicho río en el punto kilométrico 82/300 de la línea férrea 04-422 Bifurcación
Utrera-Fuente de Piedra, integrada en la Red Ferroviaria de Interés General, y ocasionó
la suspensión de los servicios en la línea.
Tras realizar un estudio de alternativas para la reposición del puente sobre el río
Blanco, se concluyó que la solución más conveniente era aprovechar la cercana
plataforma ferroviaria de titularidad de la Junta de Andalucía, denominada eje ferroviario
transversal andaluz, sin servicio en el momento actual, conectando en los puntos
kilométricos 80/000 al 91/000 de la mencionada línea 04-422.
El artículo 4.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario,
establece que corresponde al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
acordar, en cada momento, la inclusión, en la Red Ferroviaria de Interés General, de
nuevas infraestructuras ferroviarias cuando razones de interés general así lo justifiquen,
previo informe de las comunidades autónomas afectadas. Si la infraestructura ferroviaria
que se pretenda incluir en la Red Ferroviaria de Interés General discurriera,
íntegramente, por el territorio de una sola comunidad autónoma y sin conexión con el
resto de la red o fuera titularidad de la comunidad autónoma, será necesario para tal
inclusión su previo consentimiento.
La línea afectada discurre íntegramente en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
es de su titularidad hasta que se efectúe la transmisión prevista en el correspondiente
convenio.
Para regular las condiciones que permitan la integración en la Red Ferroviaria de
Interés General del tramo ferroviario indicado, el 17 de mayo de 2021 se ha suscrito el
Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea y la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para la concesión y
transmisión del tramo del eje ferroviario transversal andaluz comprendido entre los
puntos kilométricos 90.100 y 99.400, tramo también denominado como Variante de
Aguadulce.
De acuerdo al Convenio suscrito, especialmente en su cláusula tercera, con la firma
del convenio la Junta de Andalucía presta su consentimiento para que el Ministro de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana incluya en la Red Ferroviaria de Interés
General la «Variante de Aguadulce», y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, asume el compromiso de integrarla.
En su virtud, dispongo:
Primero. Modificación del catálogo de líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés
General.
Se modifica el catálogo de líneas y tramos de la Red Ferroviaria e Interés General,
aprobado por la Orden FOM/710/2015, de 30 de enero, mediante la inclusión del tramo
del eje ferroviario transversal andaluz entre los puntos kilométricos 90.100 a 99.400 en la

cve: BOE-A-2021-8513
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