III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2021-8538)
Orden CUD/493/2021, de 11 de mayo, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 729, 730, 731 y 736, subastados por la sala Alcalá, en Madrid.
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Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
8538

Orden CUD/493/2021, de 11 de mayo, por la que se ejercita el derecho de
tanteo sobre los lotes n.º 729, 730, 731 y 736, subastados por la sala Alcalá,
en Madrid.

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes, formulada el día 30 de marzo
de 2021, con el informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación
de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del pleno celebrada
el 16 de marzo de 2021, y en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio
del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real Decreto 111/1986,
de 10 de enero de desarrollo parcial de dicha Ley, dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo sobre los bienes muebles que fueron incluidos
en el catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Alcalá, en Madrid, el 24 de
marzo de 2021, con los números y referencias siguientes:
Lote n.º 729. Legumbrera en porcelana esmaltada y dorada con borrachos. Marcado
en la base. Real Fábrica de Buen Retiro hacia 1760-1784.
Lote n.º 730. Plato en porcelana esmaltada y dorada, decorada con escena galante
en un paisaje. Marca en azul cobalto. Buen Retiro, 1760-1784.
Lote n.º 731. Peana en porcelana esmaltada, con aplicaciones de pámpanos en
amarillo, malva y dorado. Marcado en la base en azul. Buen Retiro (1760-1784).
Medidas: 7 x 15,5 x 16,5 cm.
Lote n.º 736. Pareja de platos de porcelana de pasta tierna con caballeros pintados en
un paisaje y dorados. Marca en azul cobalto. Buen Retiro (1760-1784). Diámetro: 21,5 cm.
Segundo.
Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de tres mil cincuenta euros
(3.050 €) más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.
Tercero.
Que dichas obras se depositen y asignen al Museo Arqueológico Nacional, de
titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario de patrimonio
propiedad del Estado que allí se custodia.

cve: BOE-A-2021-8538
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de mayo de 2021.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura, Javier García
Fernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X