IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25592)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 33160

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

25592

BARCELONA

Edicto
Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto
de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,
Hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 363/2021. Sección: G.
NIG: 0801947120218004667.
Fecha del auto de declaración. 15/4/2021 y auto de 6/05/2021.
Clase de concurso. Voluntario.
Entidad concursada. Maria Mateu Garcia, con NIF 40950136Q.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
JORDI BARQUIN DE COZAR ROURA.
Dirección postal: Calle Tavern 11, Entlo. 3.ª, 08021 - Barcelona.
Dirección electrónica: jbarquin@icab.cat, teléfono n.º 932 005 305 y fax n.º 932
005 365.
Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.
Se tiene por presentado el Plan de Liquidación o alegaciones sobre la
imposibilidad de presentar el Plan de Liquidación. En ambos casos, se da traslado
a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.
Se tiene por presentado el informe del art. 292 de la TRLC al que se dará la
publicidad prevista en el articulo 294 del TRLC.
En tal sentido la Administración Concursal comunicará telemáticamente el
informe a los acreedores de cuya dirección se tenga conocimiento.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de
abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

cve: BOE-B-2021-25592
Verificable en https://www.boe.es

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.