III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-8499)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y Adif-Alta Velocidad, para la realización de prácticas externas.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 62272

Adif y Adif-Alta Velocidad, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación
laboral propia de puestos de trabajo. Por ello, la relación de los estudiantes con Adif y AdifAlta Velocidad no supondrá más compromisos que los estipulados en el presente Convenio,
ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral.
Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de
estudios correspondiente.
La realización de las prácticas académicas externas en entidades públicas no podrá
tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a
efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Tercera. Normativa aplicable a las prácticas.
Las prácticas externas estarán sujetas a lo establecido en las disposiciones citadas
en la parte expositiva, a la normativa interna de la Universidad para este tipo de actividad
formativa, así como a cualquier otra norma legal que entrara en vigor con posterioridad a
la fecha de este Convenio, y que resulte aplicable a estas prácticas externas.
Cuarta.

Obligaciones de las entidades colaboradoras.

Para cada uno de los alumnos en prácticas las Entidades Colaboradoras nombrarán
un tutor, que deberá ser una persona vinculada a las mismas, con experiencia
profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, que se
encargará de la acogida y seguimiento del estudiante dentro de su entidad, así como de
la valoración de sus prácticas.
Además, las entidades asumen las siguientes obligaciones:

Quinta.
1.

Derechos y deberes del tutor de las Entidades Colaboradoras.
El tutor de la Entidad Colaboradora tendrá los siguientes derechos:

a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la Universidad, en
los términos previstos en su normativa interna, que al menos contemplará la expedición
de un certificado acreditativo de la labor desempeñada como tutor de estudiantes en
prácticas a solicitud suya.

cve: BOE-A-2021-8499
Verificable en https://www.boe.es

a) Facilitar al estudiante la asistencia a clases durante el periodo lectivo,
respetando los horarios fijados en el proyecto formativo.
b) Permitir al estudiante la asistencia a los exámenes y pruebas de evaluación
continua de las asignaturas en las que esté matriculado, así como la asistencia a
reuniones de los órganos colegiados de gobierno de la Universidad, sin que estos días
sean recuperables. Tampoco serán recuperables las faltas de asistencia derivadas de
enfermedad o accidente que estén debidamente justificadas y que no supongan en
cómputo global más de diez días naturales o cinco días consecutivos.
c) Adoptar todas las medidas precisas para cumplir las obligaciones previstas en la
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
d) Fomentar que los espacios en que se desarrollen las prácticas sean accesibles
para estudiantes con discapacidad, procurando la disposición de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
e) El número de alumnos a acoger anualmente al amparo de este Convenio será
determinado, en su momento, por Adif y Adif-Alta Velocidad en función de sus
posibilidades, dependiendo ello de la disponibilidad de centros de trabajo y de tutores
profesionales. No existiendo, a priori, ningún número comprometido de alumnos en
prácticas a acoger anualmente.