III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-8500)
Resolución de 13 de mayo de 2021, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Comunidad Foral de Navarra, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 62284

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
en nombre de sus respectivas entidades el presente Convenio y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, en su artículo 2, apartado 1, establece que el Sistema
Cartográfico Nacional persigue el ejercicio eficaz de las funciones públicas en materia de
información geográfica mediante la coordinación de la actuación de los diferentes
operadores públicos cuyas competencias concurren en este ámbito.
Segundo.
Que en su artículo 3, apartado 2.b), dicho real decreto establece que formarán parte
del Sistema las entidades que tengan atribuidas las funciones de recogida,
almacenamiento, tratamiento o difusión de información geográfica en la Administración
de las Comunidades Autónomas, y las entidades del sector público autonómico, siempre
que manifiesten su voluntad de integrarse en él.
Tercero.
Que en su artículo 3, apartado 5, dicho real decreto establece que las
Administraciones autonómicas y locales que soliciten integrarse en el Sistema
participarán plenamente en él a partir de la suscripción de un Convenio con la
Administración General del Estado.
Cuarto.
Que la Comunidad Foral de Navarra se integró en el año 2010, mediante la
suscripción del correspondiente Convenio, en el Sistema Cartográfico Nacional y tiene
interés en renovar este compromiso mediante la suscripción de un nuevo Convenio
adaptado a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.
Que es voluntad de ambas partes coordinar sus actuaciones en materia de
información geográfica, así como con las demás Administraciones integradas en el
Sistema Cartográfico Nacional, de manera que se garantice la producción de información
cartográfica y geográfica en forma coordinada y eficiente; que sea posible conocer y
localizar la información cartográfica y geográfica disponibles en las Administraciones
integradas en el Sistema Cartográfico Nacional, y evaluar su adecuación para un
determinado propósito; y que sea posible combinar, de forma coherente, datos
geográficos de diversas fuentes y puedan ser compartidos entre los integrantes del
Sistema Cartográfico Nacional.

Que la Administración General del Estado (Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana), y la Comunidad Foral de Navarra no tienen vocación de mercado, y, en
todo caso, no realizan en el mercado abierto un porcentaje igual o superior al 20 por
ciento de las actividades objeto de colaboración a través de este Convenio.

cve: BOE-A-2021-8500
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.