II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8482)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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retirarse hasta que la resolución impugnada sea firme, sin perjuicio de que los/las
interesados/as puedan realizar copia de la documentación para otros efectos.
8.4 Transcurridos seis meses desde la finalización del procedimiento o, en el caso
de haber recurso, desde que la resolución impugnada adquiera firmeza, la
documentación que no fuese retirada será destruida.
9.

Presentación de documentos y nombramiento.

9.1 El/la candidato/a propuesto en primer lugar deberá presentar en el plazo de
veinte días contados desde el siguiente al de publicación de la propuesta en los lugares
y conforme al procedimiento previsto en la base 3.2, los siguientes documentos:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a de ninguna
Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de las funciones docentes y asistenciales.
Los/las concursantes que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el
acceso a la Función Pública según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
(«Boletín Oficial del Estado» del 24).
b) Certificado médico oficial de no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o
psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesor/a de universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no incurrir en incompatibilidad según lo
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE de 4 de enero de 1985).
Las personas que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán
exentos de justificar y presentar los documentos de los apartados a) y b), debiendo
presentar, en el caso de proceder de otra administración, certificación de la universidad u
organismo del que dependan que acredite su condición de funcionarios/as y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
9.2 El Rector de la Universidad de A Coruña efectuará el nombramiento como
funcionario/a docente de carrera del/de la candidato/a propuesto/a por la Comisión que
especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de conocimiento. Se comunicará
al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de número de registro de personal
e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá para su publicación al «Boletín
Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se comunicará a la Secretaría
General del Consejo de Universidades.
9.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario/a docente universitario de carrera del cuerpo de que se trate.
Comisión de Reclamaciones.

10.1 Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución. La reclamación será valorada por una Comisión compuesta por siete
catedráticos y/o catedráticas de universidad pertenecientes a diversos ámbitos del
conocimiento, designados por el Claustro de la Universidad, con amplia experiencia
docente e investigadora.
10.2 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se había presentado la reclamación, y a los/las candidatos/as que
participasen en el concurso.
10.3 Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de

cve: BOE-A-2021-8482
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