IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25291)
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 32808

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

25291

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Edicto
D./Dña. Román García-Varela Iglesias, Letrado/a de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el
presente,
Hace saber:
Que en el procedimiento concursal número 0000029/2011, con Nig
3501647120110000300 se ha dictado en fecha 18 de mayo de 2021 auto
declarando la conclusión del concurso de la mercantil Kias Properties Unipersonal
S.L., con cif B35869296, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora Kias Properties
Unipersonal, S.L., con C.I.F. B35869296
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo devolver en el
plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal.
6.- La extinción de la entidad la concursada Kias Properties Unipersonal, S.L.,
debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda.
7.- Dar la publicidad del artículo 482 del TRLC publicándose en el Registro
público concursal (www.publicidadconcursal.es) y en el Boletín Oficial del Estado
por medio de edicto.
8.- Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo
mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas para la anotación de la presente
resolución. La concursada figura inscrita Tomo 1777 de Sociedades, folio 146, hoja
GC-35730. Entreguese al procurador instante para que proceda a su diligenciado y
gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias
para la anotación del mandamiento en el término de diez días.

10.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la
concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es
FIRME.
Las Palmas de Gran Canaria, 18 de mayo de 2021.- Letrado de la
Administración de Justicia, Román García-Varela Iglesias.
ID: A210032937-1

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9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.