IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25299)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Viernes 21 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32817
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
25299
MADRID
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Jurisdicción Voluntaria
sobre extravio de pagaré entre D/Dña. Claudia Maria Rendon Restrepo en cuyos
autos se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud formulada por Procurador D/Dña Aníbal
Bordallo Huidobro en nombre y representación de D/Dña. Claudia María Rendon
Restrepo al que se tiene por personado y parte, entendiéndose con él las
sucesivas notificaciones y diligencias.
2.- Incóese el procedimiento de jurisdicción voluntaria referente a extravio de
pagaré, que se registrará como Jurisdicción Voluntaria 1222/2020.
3.- De conformidad con el artículo 17 LJV si alguno de los interesados fuera a
formular oposición, deberá hacerlo en los cinco días siguientes a la notificación del
presente decreto. Del escrito se dará traslado a la parte solicitante.
Si alguna de las partes propusiera prueba diferente a la documental se
acordará en resolución aparte la celebración en su caso y de entenderlo necesario
de la comparecencia regulada en el artículo 18.
Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/
a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días,
contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción
cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación
(artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la
resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
lo acuerdo y firmo. Doy fe
Madrid, 21 de abril de 2021.- El/laLetrado de la Administración de Justicia,
Irene Ortiz Plaza.
cve: BOE-B-2021-25299
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032885-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 121
Viernes 21 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32817
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
25299
MADRID
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Jurisdicción Voluntaria
sobre extravio de pagaré entre D/Dña. Claudia Maria Rendon Restrepo en cuyos
autos se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud formulada por Procurador D/Dña Aníbal
Bordallo Huidobro en nombre y representación de D/Dña. Claudia María Rendon
Restrepo al que se tiene por personado y parte, entendiéndose con él las
sucesivas notificaciones y diligencias.
2.- Incóese el procedimiento de jurisdicción voluntaria referente a extravio de
pagaré, que se registrará como Jurisdicción Voluntaria 1222/2020.
3.- De conformidad con el artículo 17 LJV si alguno de los interesados fuera a
formular oposición, deberá hacerlo en los cinco días siguientes a la notificación del
presente decreto. Del escrito se dará traslado a la parte solicitante.
Si alguna de las partes propusiera prueba diferente a la documental se
acordará en resolución aparte la celebración en su caso y de entenderlo necesario
de la comparecencia regulada en el artículo 18.
Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/
a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días,
contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción
cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación
(artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la
resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
lo acuerdo y firmo. Doy fe
Madrid, 21 de abril de 2021.- El/laLetrado de la Administración de Justicia,
Irene Ortiz Plaza.
cve: BOE-B-2021-25299
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032885-1
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