IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25299)
MADRID
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Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

25299

MADRID

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Jurisdicción Voluntaria
sobre extravio de pagaré entre D/Dña. Claudia Maria Rendon Restrepo en cuyos
autos se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud formulada por Procurador D/Dña Aníbal
Bordallo Huidobro en nombre y representación de D/Dña. Claudia María Rendon
Restrepo al que se tiene por personado y parte, entendiéndose con él las
sucesivas notificaciones y diligencias.
2.- Incóese el procedimiento de jurisdicción voluntaria referente a extravio de
pagaré, que se registrará como Jurisdicción Voluntaria 1222/2020.
3.- De conformidad con el artículo 17 LJV si alguno de los interesados fuera a
formular oposición, deberá hacerlo en los cinco días siguientes a la notificación del
presente decreto. Del escrito se dará traslado a la parte solicitante.
Si alguna de las partes propusiera prueba diferente a la documental se
acordará en resolución aparte la celebración en su caso y de entenderlo necesario
de la comparecencia regulada en el artículo 18.
Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/
a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días,
contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción
cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación
(artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la
resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
lo acuerdo y firmo. Doy fe
Madrid, 21 de abril de 2021.- El/laLetrado de la Administración de Justicia,
Irene Ortiz Plaza.

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