IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25288)
GRANADA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

25288

GRANADA

Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 26/21 referente al concursado
Abogados en Red Sociedad Cooperativa Andaluza, con CIF F19502657, por auto
de fecha 09 de febrero de 2021, se ha acordado:
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del
concurso solicitado por la Procuradora D Clara Eugenia Sánchez Padilla, en
nombre y representación de Abogados en Red Sociedad Cooperativa Andaluza.
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario y se tramitará por
el procedimiento abreviado al deudor Abogados en Red Sociedad Cooperativa
Andaluza con CIF F19502657 y domicilio en C.P. 18001, calle Gran Vía nº 21,
Edificio Olympia, 2º.
3.- Se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de masa
activa, al apreciarse de manera evidente por los motivos expuestos en el
Fundamento de Derecho cuarto que el patrimonio del concursado no será
presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la
masa del procedimiento, sin que sea previsible el ejercicio de acciones de
reintegración, de impugnación ni de responsabilidad de terceros.
4.- Publíquese la presente resolución en la forma prevista por los arts 552 y ss.
TRLC.
5. Se acuerda la extinción de Abogados en red sociedad cooperativa andaluza
con cif F-19502657.
6. Se acuerda librar mandamiento al Registro de Cooperativas conteniendo
testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la
inscripción de la cancelación de la cooperativa Abogados en Red Sociedad
Cooperativa Andaluza.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante este Juzgado
para su conocimiento por parte de la Audiencia Provincial de Granada, por quien
acredite interés legítimo, que no tendrá carácter suspensivo y se interpondrá en el
plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la presente resolución.
Granada, 17 de mayo de 2021.- Letrado/a de la Administración de Justicia,
Constanza Clara Lendínez Barranco.
cve: BOE-B-2021-25288
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