III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Homologaciones. (BOE-A-2021-8413)
Resolución 1A0/38156/2021, de 20 de abril, del Centro Criptológico Nacional, por la que se acredita al laboratorio Brightsight Barcelona, SL, como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
8413

Resolución 1A0/38156/2021, de 20 de abril, del Centro Criptológico Nacional,
por la que se acredita al laboratorio Brightsight Barcelona, SL, como
laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la
información.

Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por «Brightsight
Barcelona», con domicilio social en Carrer Jesus Serra Santamans, Edificio 5, planta 4,
08174 Sant Cugat el Valles, Barcelona, España», para la acreditación del laboratorio
«Brightsight Barcelona, SL», como laboratorio de evaluación de la seguridad de las
tecnologías de la información, conforme a las normas «Metodología de Evaluación para
la Certificación Nacional Esencial de Seguridad (LINCE)», y «Common Methodology for
Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology
Security Evaluation»,
Visto el correspondiente «Acuerdo de Comisión de Acreditación» donde se revisa el
expediente «LE/2516» y se toma nota de las instalaciones de la acreditación n.º:
1380/LE2516 emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, para la realización de
ensayos de "Evaluación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información" con
alcance suficiente para los niveles solicitados donde se hace referencia a sus nuevas
dependencias,
Visto el correspondiente justificante emitido por ENAC, donde en virtud del Acuerdo
Multilateral de Reconocimiento Mutuo establecido en EA (European Cooperation for
Accreditation) confía en las acreditaciones concedidas por RvA y por tanto considerará
que los certificados emitidos por las entidades de certificación acreditadas por la misma,
dentro de su alcance de acreditación, aportan el mismo nivel de confianza que los
emitidos por las entidades de certificación acreditadas por ENAC,
Visto el correspondiente informe de auditoría del Centro Criptológico Nacional, de
código INF-3467 que determina el cumplimiento por parte de «Brightsight Barcelona
S.L.» de los requisitos para la acreditación como laboratorio de evaluación de la
seguridad de las tecnologías de la información exigidos por el Reglamento de Evaluación
y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información establecido por
dicho Centro Criptológico Nacional,
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de acreditación mencionada,
dispongo:

Mantener la acreditación como laboratorio de evaluación de la seguridad de las
tecnologías de la información a «Brightsight Barcelona, SL», conforme a las normas
previamente acreditadas, «Metodología de Evaluación para la Certificación Nacional
Esencial de Seguridad (LINCE)» y «Common Methodology for Information Technology
Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation»
hasta el nivel EAL2 + ADV_FSP.3, ADV_TDS.2, ALC_FLR.2, ATE_COV.2, ATE_DPT.1

cve: BOE-A-2021-8413
Verificable en https://www.boe.es

Primero.