III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-8421)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Colegio Universitario de Estudios Financieros, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

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a) Estar cursando el último año de estudios de Grado, Licenciado o Ingeniero; o
estar en posesión del Título de Grado, Licenciado o Ingeniero con antigüedad máxima de
dos años y continuar matriculado en algún programa formativo de CUNEF o centro
académico; o estar matriculado en un programa oficial de máster o doctorado en
Economía o cualesquiera otros estudios relacionados con la actividad de la AIReF; o,
habiendo obtenido el Título de máster o doctor en los últimos tres años, continuar
matriculado en algún programa formativo de CUNEF o centro académico.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexta.

Obligaciones de la AIREF.

En el marco del presente convenio, la AIReF asume las siguientes obligaciones:
– Abonar la ayuda a CUNEF en función del número de alumnos aportados, de
conformidad con lo previsto en la cláusula tercera.
– Nombrar un tutor, como guía y asesor, que se responsabilice de la ejecución del
proyecto formativo y de la formación práctica que necesite el estudiante, así como de
evaluar el desempeño del mismo. En su caso, el tutor de la AIReF no podrá coincidir con
la persona que desempeña las funciones de tutor académico de CUNEF.
– Establecer un plan de trabajo para cada becario que sea acorde al plan formativo y
a sus condiciones de desarrollo y emitir un informe al finalizar el período de prácticas
externas, en el que se haga constar: tareas realizadas por el alumno, valoración personal
sobre la labor del alumno y cualquier otro aspecto que considere relevante hacer
conocer al Centro.
– Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los estudios
cursados en CUNEF al que se presenten y procurar, en coordinación con el tutor
académico y de acuerdo a lo previsto en el artículo 5.2 del Real Decreto 592/2014, hacer
compatible su horario de las prácticas con la actividad académica, formativa y de
representación y participación desarrollada por el estudiante en CUNEF.
– Realizar, con una periodicidad semestral, encuestas de satisfacción tanto a los
alumnos como a los tutores designados por la AIReF, con el objeto de incorporar las
mejoras y sugerencias que se estimen adecuadas.
– Las demás previstas en el presente Convenio.
El incumplimiento de sus obligaciones por parte de la AIReF permitirá a CUNEF
instar la extinción anticipada del Convenio.
Séptima.

Obligaciones de CUNEF.

– Recibir las ayudas de la AIReF en función del número de alumnos finalmente
seleccionados, y destinarlas al abono de las becas y al cumplimiento del resto de las
obligaciones económicas previstas en la cláusula tercera.
Para el desarrollo de estas obligaciones, CUNEF podrá contar con la colaboración de
entidades sin ánimo de lucro vinculadas funcionalmente a CUNEF, con las que, en su
caso, suscribirá el correspondiente convenio, acuerdo o encomienda de gestión, que
contará con el visto bueno de la AIReF.
– Realizar la correspondiente justificación, de acuerdo con lo previsto en la
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF y en la cláusula
decimocuarta.
– Validar el proyecto formativo de cada alumno, elaborado por la AIReF.
– Preseleccionar a los alumnos a través del correspondiente procedimiento de
concurrencia competitiva.
A tal fin, CUNEF remitirá a la AIReF un certificado justificando que a la convocatoria
se le ha dado publicidad suficiente, indicando los medios y procedimientos empleados

cve: BOE-A-2021-8421
Verificable en https://www.boe.es

En el marco del presente convenio, CUNEF asume las siguientes obligaciones: