III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2021-8433)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 61903

Segundo.
La Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, (en
adelante SEIMC), es una sociedad científico-médica, con finalidad no lucrativa, integrada
esencialmente por profesionales del ámbito sanitario y orientada a promover la mejora
de la salud de la medicina en relación a las enfermedades infecciosas y la microbiología
clínica, así como a la formación médica y el desarrollo profesional de sus miembros.
Dentro de la Sociedad, la ONT colabora estrechamente con el Grupo de Estudio de SIDA
(GESIDA), con el que se estudia el trasplante hepático en pacientes con VIH y la
utilización de donantes con VIH; y con el Grupo de Estudio de Infección en el Trasplante
y el Huésped Inmunocomprometido (GESITRA-IC), en el desarrollo de recomendaciones
dirigidas a profesionales sanitarios sobre la valoración de donantes y receptores con
respecto a diferentes tipos de enfermedades infecciosas y, en el contexto específico de
la pandemia de COVID-19, la infección causada por SARS-CoV-2.
Tercero.
Los profesionales que trabajan en las Unidades de Enfermedades Infecciosas y
Microbiología Clínica de la SEIMC y el Grupo de Estudio de Infección en el Trasplante y
el Huésped Inmunocomprometido intervienen de forma activa y decisiva en el proceso de
donación, en particular en aquellos aspectos relacionados con la prevención de la
transmisión de enfermedades infecciosas de donante a receptor, en la profilaxis de la
infección del receptor y en el tratamiento de las infecciones del receptor de órganos,
tejidos y células.
Cuarto.
Con fecha 24 de septiembre de 2010 se suscribió un acuerdo de colaboración entre
ambas instituciones, prorrogado en 2014 hasta el 23 de septiembre de 2018.
Quinto.
La colaboración institucional que ampara este Convenio contribuye al desarrollo de la
función social encomendada a las entidades firmantes, ya que las buenas prácticas y la
generación de evidencia para la evaluación y selección de los donantes de órganos,
tejidos y células con respecto a enfermedades potencialmente transmisibles y en la
prevención y manejo de las infecciones en el paciente trasplantado son fundamentales
para garantizar la protección de la salud en el sistema nacional de donación y
trasplantes.
Por ello, las Partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS

El presente Convenio tiene por objeto la optimización de la seguridad del proceso de
donación y trasplante de órganos, tejidos y células humanas, desde la perspectiva de las
enfermedades infecciosas a través del fomento de la formación, la investigación y la
divulgación del conocimiento entre el personal sanitario que participa en el proceso de
donación y trasplante.
Segunda.

Compromisos de las partes.

Las Partes se comprometen a realizar el mayor esfuerzo para la realización del
objeto al que se refiere la cláusula primera.

cve: BOE-A-2021-8433
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del Convenio.