IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-25148)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32621
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
25148
MADRID
Edicto
Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35.1 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 368/2021, por Auto dictado en fecha 17
de mayo de 2021, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Materjo,
S.L., con CIF: B80951163.
2º.- Que la mercantil Materjo, S.L., conserva las facultades de administración y
de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por
la causa 5ª del 465 TRLC.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente
declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al
no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto
al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones
declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del
concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
concursada.
Madrid, 17 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de justicia, María
Jesús Palmero Sandín.
cve: BOE-B-2021-25148
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032246-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32621
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
25148
MADRID
Edicto
Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35.1 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 368/2021, por Auto dictado en fecha 17
de mayo de 2021, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Materjo,
S.L., con CIF: B80951163.
2º.- Que la mercantil Materjo, S.L., conserva las facultades de administración y
de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por
la causa 5ª del 465 TRLC.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente
declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al
no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto
al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones
declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del
concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
concursada.
Madrid, 17 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de justicia, María
Jesús Palmero Sandín.
cve: BOE-B-2021-25148
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032246-1
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