IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-25065)
AVILÉS
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32534
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
25065
AVILÉS
Dª Silvia Sanchez Martinez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera instancia e Instrucción nº 6 de Avilés, en cumplimiento de lo
dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncio:
1º.- Que en el procedimiento número 826 /2020, en fecha 22 de abril de 2021
se ha dictado, por el Ilmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción nº 6 de Avilés Don Jose Antonio Moreno Gomis, Auto de declaración y
Conclusión del concurso relativo a los deudores Dª. María Belén Hernández Side
con DNI 11424638D y D. Enrique Silva López con DNI 11415680k por insuficiencia
de la masa.
2º.- Se le otorga el plazo de quince días a los deudores para realizar la
solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho siempre que acredite cumplir con
los requisitos del artículos 487 y 488 de la Ley concursal.
3º.- Contra dicha resolución cabe recurso de apelación a interponer ante este
Juzgado en el plazo de veinte días.
Avilés, 22 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Silvia
Sánchez Martínez.
cve: BOE-B-2021-25065
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032390-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 32534
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
25065
AVILÉS
Dª Silvia Sanchez Martinez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera instancia e Instrucción nº 6 de Avilés, en cumplimiento de lo
dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncio:
1º.- Que en el procedimiento número 826 /2020, en fecha 22 de abril de 2021
se ha dictado, por el Ilmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción nº 6 de Avilés Don Jose Antonio Moreno Gomis, Auto de declaración y
Conclusión del concurso relativo a los deudores Dª. María Belén Hernández Side
con DNI 11424638D y D. Enrique Silva López con DNI 11415680k por insuficiencia
de la masa.
2º.- Se le otorga el plazo de quince días a los deudores para realizar la
solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho siempre que acredite cumplir con
los requisitos del artículos 487 y 488 de la Ley concursal.
3º.- Contra dicha resolución cabe recurso de apelación a interponer ante este
Juzgado en el plazo de veinte días.
Avilés, 22 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Silvia
Sánchez Martínez.
cve: BOE-B-2021-25065
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210032390-1
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