IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-24976)
VIGO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 32369

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

24976

VIGO

Edicto.
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de lo Mercantil, n.º 3, de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber: Que en la Seccion I Declaración Concurso 57/2021, seguido en
este Juzgado, y Nig 36038 47 1 2021 0300231, se ha dictado con fecha Auto 72/
21, de 26 de abril de 2021, acordando lo siguiente:
1.º Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de la deudora doña
Liliana del Carmen Tunzi Gómez, con DNI n.º 54.382.206-V, con domicilio en calle
Extremadura, 45, 2.º-E, CP 36206 de Vigo (Pontevedra).
2.º Concluir el mencionado concurso por insuficiencia de masa activa, al
apreciar S.Sª. de manera evidente que el patrimonio del concursado no será
presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la
masa del procedimiento ni ser previsible el ejercicio de acción de reintegración, de
impugnación o de responsabilidad de terceros, conforme a lo previsto en el artículo
176 bis.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), añadido por la Ley 38/
2011, de 10 de octubre.
3.º La administración concursal estará integrada por el economista don Juan
José Santamaría Conde, con DNI n.º 35.972.473-J, domicilio profesional en c/
Rosalía de Castro, 38, 2.º-A, CP 36201 de Vigo (Pontevedra), con teléfono
986436172/608885585 y con la dirección de correo electrónica:
jjsanta@icavigo.org.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 252, 253 y 254 del
Trlc.

También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la
administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o
convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al
crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 de la Ley Concursal).

cve: BOE-B-2021-24976
Verificable en https://www.boe.es

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su
dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de
publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el
acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite
representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás
datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,
cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se
pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a
que afecte y, en su caso, los datos registrales.