II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2021-8294)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de noviembre de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
8294

Resolución de 27 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
25 de noviembre de 2020.

Por Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la Subsecretaria, se convocó la
provisión por el sistema de libre designación, puesto de trabajo en el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
modificado en su redacción por el artículo 80 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
Esta Subsecretaria, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 63.1.n) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la
referida convocatoria como a continuación se indica:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo, en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión en el nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el
mismo órgano que lo dictó, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas o
bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOE, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 10.1.i ) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 27 de abril de 2021.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, P.D. (Orden ISM/132/2020 de 10 de febrero), el Director General de la
Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.

cve: BOE-A-2021-8294
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Tercero.