III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-8326)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Alcalá, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59827

fiscal y se desarrollarán conforme a un proyecto formativo elaborado por la AIReF y
aprobado por la UAH, ajustado a los dos programas en los que se articulan las becas, a
saber:
– Programa de Formación, cuya labor formativa estará relacionada con el trabajo
desarrollado por las diferentes Divisiones de la AIReF. Su dotación será de 1.150
euros/mes por alumno.
– Programa de Investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado
a proyectos específicos. Su dotación será de 1.500 euros/mes por alumno.
En ambos casos, el proyecto formativo tendrá como objetivo educativo la adquisición
de las siguientes competencias:
a) Capacidad para aplicar los conocimientos teóricos y prácticos a la realidad
profesional.
b) Dominio de las técnicas, herramientas y metodologías propias del puesto.
c) Compromiso con la calidad.
d) Desarrollo de la capacidad de aprendizaje.
e) Autonomía en el desempeño de las actividades.
f) Facilidad de adaptación.
g) Capacidad de trabajo en equipo y de relación con su entorno laboral.
h) Habilidades de comunicación oral y escrita.
i) Motivación e implicación personal.
j) Sentido de la responsabilidad.
k) Creatividad e innovación.
l) Iniciativa y emprendimiento.
m) Receptividad a las críticas.
n) Gestión del tiempo.
o) Comprensión de la necesidad de un comportamiento ético.
El desarrollo de las prácticas de los becarios, que tendrán una duración de doce
meses, se llevará a cabo de forma presencial en la sede de la AIReF siempre y cuando
las condiciones sanitarias así lo permitan, bajo la supervisión de un tutor y la dirección de
los responsables de las áreas directivas de la AIReF. No obstante, la AIReF podrá
determinar que alguna/s de las prácticas se realice/n en modalidad telemática o
semipresencial. Esta circunstancia se indicará de forma expresa cuando se informe a las
Universidades o centros académicos de los perfiles de alumnos en prácticas requeridos
y se le dará la oportuna publicidad en el proceso de selección de los alumnos.
Quinta.

Procedimiento de selección de los alumnos.

a) Estar cursando el último año de estudios de grado, licenciado o ingeniero; o
estar en posesión del título de grado, Licenciado o Ingeniero con antigüedad máxima de
dos años y continuar matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro
académico; o estar matriculado en un programa oficial de máster o doctorado en
Economía o cualesquiera otros estudios relacionados con la actividad de la AIReF; o,
habiendo obtenido el título de máster o doctor en los últimos tres años, continuar
matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro académico.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

cve: BOE-A-2021-8326
Verificable en https://www.boe.es

El proceso de selección de los alumnos participantes respetará los principios de
publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.
Habrá una primera fase de preselección que correrá a cargo de la Universidad/
centro, y una fase de selección definitiva, que se realizará por la Comisión mixta
regulada en la cláusula decimoquinta.
Los alumnos becarios habrán de reunir, en todo caso, los siguientes requisitos: