III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-8335)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Lugo, para la financiación, ejecución, mantenimiento y conservación de las obras del "Proyecto de actuaciones para reducir el riesgo de inundación del río Rato en el entorno de la glorieta de la calle Serra de Meira. T.M. Lugo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

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Asimismo se establece el régimen de la posterior entrega de las obras para el
mantenimiento y conservación de las mismas.
Segunda.

Duración, modificación y resolución del Convenio.

1. El presente Convenio resultará eficaz conforme a lo establecido en el artículo 48
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y tendrá una
duración de cuatro años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
otorgantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales.
2. El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
La extinción del Convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2.c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte otorgante del Convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este Convenio, deberán formalizarse mediante la
suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y
condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

El objeto de las actuaciones a desarrollar en el marco del presente Convenio es la
redacción de un proyecto que permita mejorar la capacidad de desagüe del tramo
encauzado del río Rato en el entorno de la glorieta de la calle Serra de Meira, actuando
sobre la sección encauzada del tramo situado aguas arriba del cajón de hormigón que
discurre bajo la calzada, para aumentar su capacidad modificando la geometría
actualmente existente. En el proyecto se estudiará asimismo la procedencia de actuar de
la misma manera en el tramo de río encauzado aguas abajo de la glorieta.
Cuarta. Coste de las actuaciones y financiación relativa a la ejecución de las obras e
instalaciones.
1. La inversión total para la ejecución de las obras se estima en 650.000 €,
Impuesto del Valor añadido incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
organismo de cuenca para el ejercicio 2021 y siguientes, con cargo a la aplicación

cve: BOE-A-2021-8335
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Descripción de las actuaciones.