III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-8335)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Lugo, para la financiación, ejecución, mantenimiento y conservación de las obras del "Proyecto de actuaciones para reducir el riesgo de inundación del río Rato en el entorno de la glorieta de la calle Serra de Meira. T.M. Lugo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59925

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que el río Rato, o río da Chanca, ha sido seleccionado como ARPSI (Área de
Riesgo Potencial Significativo de Inundación) en la EPRI (Evaluación Preliminar del
Riesgo de Inundación en la cuenca del Miño-Sil), respondiendo así a los requerimientos
marcados en la Directiva 2007/60/CE, en el Real Decreto 9/2008 y en el Real
Decreto 903/2010.
Esto implica que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. ha elaborado los
mapas de peligrosidad y riesgo de inundación para la cuenca de este cauce, delimitando
las zonas inundables para los periodos de retorno de 10, 100 y 500 años.
La ejecución, en el año 2015, de las «Obras de infraestructura viaria en Lugo. Ponte
Paradai-rúa Serra de Meira. Fase I. Glorieta Ponte Paradai-glorieta Serra de Meira.
LU/09/019.03.1.1», ha alterado el comportamiento y extensión de la llanura de
inundación del río Rato en las zonas adyacentes a la glorieta de Serra de Meira,
provocando, incluso para la avenida de diez años de periodo de retorno, un mayor riesgo
de inundación de las viviendas allí existentes con respecto a la situación anterior; lo que
supone un incumplimiento de lo establecido en el artículo 9 ter.a) y b) del Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico y ha conllevado la incoación de un expediente sancionador por parte
de la Comisaría de Aguas del Organismo.
Es por ello que se hace necesario ejecutar las actuaciones que sean necesarias para
mejorar la capacidad de desagüe del tramo encauzado del río Rato en el entorno de la
mencionada glorieta, a fin de reducir el riesgo de inundación en avenidas y cumplir al
mismo tiempo los requisitos marcados por el mencionado artículo del Reglamento de
Dominio Público Hidráulico.
Segundo.
Que al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se suscribió en fecha 18 de mayo de 2020, un
Protocolo entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de
Lugo con el objeto de establecer el marco para una posible colaboración futura entre las
partes otorgantes sobre la financiación, ejecución, mantenimiento y conservación de las
obras del «Proyecto de actuaciones para reducir el riesgo de inundación del río Rato en
el entorno de la glorieta de la calle Serra de Meira. T.M. Lugo»
En el exponendo séptimo del citado protocolo se establecía que para llevar a cabo la
actuación proyectada se formalizaría con carácter previo a su ejecución, un Convenio en
el que se especificarían las obligaciones de ambas partes, tanto para la financiación de
la actuación como para la entrega de lo actuado al Ayuntamiento de Lugo.

Que a la Confederación Hidrográfica de Miño-Sil, O. A., le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del Organismo (artículo 23 del texto refundido de la Ley
de Aguas) para cuya finalidad podrá establecer Convenios con las Entidades Locales, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la precitada disposición legal.

cve: BOE-A-2021-8335
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Tercero.