IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-24861)
A CORUÑA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

24861

A CORUÑA

Doña M.ª Encina Redondo Verdial, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 14 de A Coruña,
Hace saber:
Que en este Juzgado y con el n.º 904/2020 se siguen autos de Concurso
Consecutivo Abreviado de D.ª Pilar Iglesias Gomez, presentado por el mediador
concursal D. Alberto Francisco Díez Mira, en los que se dictó Auto de fecha 24/11/
2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Dispongo:
1.º Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la
solicitud de concurso voluntario presentada por el mediador concursal Alberto
Francisco Diez Mira, respecto a Pilar Iglesias Gomez, DNI 32.799.093-N.
2.º Declaro en situación legal de concurso voluntario a Pilar Iglesias Gomez,
con DNI 32.799.093-N.
Acuerdo simultáneamente la conclusión del concurso declaro por insuficiencia
de masa activa.
El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos
insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho.
Dado que no se ha considerado procedente la designación de administrador
concursal, al no existir bienes que liquidar, habrá de procederse de conformidad
con lo establecido en los artículos 486 y siguientes TRLC, el deudor podrá
presentar la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro del plazo de
quince días siguientes a la notificación de la presente resolución.
3.º Publíquese un extracto de la declaración de concurso, con la mayor
urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado conteniendo los datos
a que se refiere el actual artículo 35 TRLC. El traslado del oficio con el edicto se
hará, de ser ello posible, de forma telemática, o a través del procurador de la
solicitante si no fuere posible lo anterior.
4.º Comuníquese igualmente a la AEAT y a la TGSS.
5.º Notifíquese la presente resolución a l Diputación Provincial de A Coruña.

7.º Líbrese exhorto al Registro Civil para inscribir la presente declaración de
concurso en el folio registral de la concursada, en los términos que establece el
artículo 24 LC.
8.º Requiérase al concursado, mediante la notificación de esta resolución, para
que ponga este auto en conocimiento de los Juzgados que ya conocen los
procesos contra el mismo a lo efectos que en cada caso procedan.

cve: BOE-B-2021-24861
Verificable en https://www.boe.es

6.º Publíquese esta resolución en el Registro Público Concursal, regulado por
el RD 892/2013, de 15 de noviembre.