IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-24763)
TERUEL
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

24763

TERUEL

Edicto
Dña. Jara Naya Alfranca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil n. 1 de Teruel, en cumplimiento
de lo dispuesto en el art. 35 de la ley Concursal,
Hace saber:
1.- En Procedimiento Concursal seguido en este órgano judicial con nº 123/
2021, nig.44216-41-1-2021-0000285, se ha dictado, en fecha 8 de abril de 2021,
auto declarando en concurso consecutivo a Dª Mª Teresa Ibor Martínez
(19.892.315Y), que tiene carácter de voluntario y se tramitará tomando en
consideración lo prevenido para el procedimiento abreviado con las especialidades
contempladas en la Sección ª del Capítulo 4º, del Título4º, del Libro 2º del Texto
Refundido de la Ley Concursal.
En dicho auto se ha acordado la Apertura de la fase de liquidación, así como la
suspensión del ejercicio de las facultades de Administración y disposición del
concursado sobre la masa activa, con los efectos establecidos, en lo que resulte
aplicable, en el título 3º del Libro 1º del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Se ha nombrado administrador del concurso, a quien ha sido mediador
concursal, D. Juan Martínez-Medina Amat.
2.- Por el presente se llama a los acreedores de la concursada para que
comuniquen a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma
prevista en el art. 256 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal y plazo
de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOE. No obstante, antes de
la presentación de la lista definitiva, se podrán presentar nuevas comunicaciones
créditos (art. 268.1 trlc).
Para ello se ha facilitado como dirección postal calle Moratín, 17, 3º dcha.
Valencia y como dirección electrónica juanmma@economoiuris.com. Teléfono:
963636905.
Los titulares de créditos que hubieran suscrito el acuerdo extrajudicial de pagos
no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el
reconocimiento de los mismos (art. 710 trlc).

Asimismo, se hace saber a los acreedores que se ha presentado plan de
liquidación y solicitado el beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho.
4º.- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento
deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo
184.3 LC).

cve: BOE-B-2021-24763
Verificable en https://www.boe.es

3.- Se hace saber a los acreedores que se ha presentado informe y que podrán
impugnar el mismo en el plazo de diez días (art. 713 trlc) a contar desde la última
publicación.