II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-8203)
Resolución de 6 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Radiofísica Hospitalaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 59058

sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
legislación aplicable.
10.11 Corresponde al Tribunal Calificador:
– Las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de la prueba y la
calificación y valoración de los aspirantes, tanto en la parte de oposición como en la de
concurso, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden
al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
– La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir
en el desarrollo del ejercicio, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime
pertinentes.
10.12 Las Organizaciones Sindicales miembros de la Mesa Sectorial de Sanidad,
podrán participar en calidad de observadores en el desarrollo de las pruebas que, de
conformidad con la legislación vigente, tengan carácter público.
Desarrollo del proceso selectivo

11.1 El ejercicio de la fase de oposición se realizará en la ciudad de Valencia,
debiendo el interesado indicar en la solicitud dicha localidad. Su no presentación
supondrá la exclusión del interesado del proceso selectivo.
11.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra B, según lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020 de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (BOE de 24 de julio).
11.3 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para el ejercicio de la
fase de oposición, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Si alguna
de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados por el especialista que realiza el seguimiento de
su embarazo, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en
todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo, no pudiéndose superar en ningún
caso los plazos recogidos en la base 3.2.
11.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes, quienes deberán concurrir a la celebración
del ejercicio con DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos
exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante,
previa audiencia del interesado.
11.5 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
11.6 Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de
quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación
de aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados en la
fase de concurso, cuya no presentación, supondrá la no valoración del aspirante en fase
de concurso.
11.7 El Tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los tres apartados
del baremo y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para
efectuar las alegaciones pertinentes en base a la documentación presentada, sin que
pueda admitirse la presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el
Tribunal publicará relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

cve: BOE-A-2021-8203
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