II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-8203)
Resolución de 6 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Radiofísica Hospitalaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 59069

3.1.4 Por cada hora como docente, en actividades de formación relacionadas con la
categoría a la que se concursa y que hayan sido impartidas por Universidades o por
Organismos de la Administración Educativa o Sanitaria Central o Autonómica, el SEPE,
Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales: 0,025 puntos, hasta un máximo
de 75 horas anuales.
Sólo se valorarán por una sola vez una única edición de actividades docentes
relativas a una misma materia y programa.
3.1.5 Por participar en proyectos de investigación con financiación competitiva de
las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión
Europea:
a)
b)

Como investigador/a principal: 1 puntos.
Como investigador/a colaborador: 0,5 puntos.

3.1.6 Tutorías. Por cada año docente, como tutor/a de grado (9 meses) o tutor/a de
formación sanitaria especializada (12 meses), con nombramiento al efecto: 1 punto,
hasta un máximo de 6 puntos. En caso de no alcanzar un año docente completo, se
contabilizará la parte proporcional.
3.2 Por participación en Comisiones Técnicas con regulación normativa y
designación oficial, por cada año y comisión: 0,5 puntos por comisión.
3.3 Cooperación internacional al desarrollo. Por participación en actividades de
cooperación de emergencias humanitarias, con trabajo efectivo prestado en la misma
categoría a la que se concursa y avaladas por la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID), por cada mes y hasta un máximo de seis por
año: 0,05 puntos.
Normas para acreditar otros méritos:
a) En el caso de publicaciones en formato electrónico, para ser valoradas por el
Tribunal, deberán ir acompañadas por un informe en el cual el organismo emisor
certifique en qué base de datos bibliográficos aparece la publicación. En este documento
se indicará además el título de la publicación, autor/es y fecha de la publicación.
b) El desempeño de las actividades de Tutor clínico de grado y de Tutor de
formación especializada, se acreditarán aportando el correspondiente nombramiento y la
certificación emitida por Gerente o el Jefe de estudios del centro, de los años en los que
se desarrollaron actividades de tutoría.
c) La participación en comisiones clínicas se acreditará aportando la designación
oficial y la certificación de los años en los que fue efectiva dicha participación.
d) En el supuesto de que los documentos presentados no sean originales, será de
aplicación lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, responsabilizándose los
interesados de la veracidad de los mismos.
ANEXO IV
Programa

Tema 1. El derecho a la protección de la salud en la Constitución española de 1978
y en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 16/2003, de 28 de mayo,
de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud: principios generales, asegurados,
derechos de los ciudadanos y prestaciones. Real Decreto 1030/2006 de 15 de
septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema
Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

cve: BOE-A-2021-8203
Verificable en https://www.boe.es

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