II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado. (BOE-A-2021-8201)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
25 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

7.

Sec. II.B. Pág. 59002

Solicitudes

7.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de
marzo). En su Disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de
medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el
ámbito de la Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos
selectivos convocados por la Administración del Estado, sus organismos públicos o
entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la
presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los
procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través
de medios electrónicos».
Por tanto, las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias) mediante la plataforma de
identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a su solicitud
El pago telemático de las tasas
El registro electrónico de la solicitud

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse»,
se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos
pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto
de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la
solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente
punto.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el
extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier
oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número
de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente número
ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre
de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema solo
será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
7.2 En todo caso, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
7.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.

cve: BOE-A-2021-8201
Verificable en https://www.boe.es