III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Diputación Provincial de Cáceres. Convenio. (BOE-A-2021-8250)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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– Aportación de información para la determinación correcta de titulares en
investigación.
– Cualesquiera otras de similar naturaleza que se estimen convenientes.
Quinta. Actuaciones de atención al público y colaboración en la difusión de la
información catastral.
Siempre que para ello sea requerido por la Dirección General del Catastro, el
OARGT se compromete a la puesta a disposición de los medios necesarios para llevar a
cabo la atención al público a consecuencia de la tramitación de procedimientos que
pudieran realizarse en los municipios incluidos en el ámbito de aplicación del presente
Convenio, cuando afecten a un significativo número de inmuebles del mismo.
Asimismo, el OARGT asume la atención, presencial o telefónica, del público que se
dirija a ella con el fin de solicitar acceso a la información general sobre los
procedimientos catastrales, tipo de actuaciones, plazos, efectos y cualquier otro extremo
relacionado con el mantenimiento catastral.
Dicha colaboración se desarrollará en régimen de encomienda de gestión, bajo la
dirección del personal de la Gerencia responsable.
El OARGT se compromete a solicitar el establecimiento y gestionar Puntos de
Información Catastral (PIC) en todos o parte de los municipios a los que el presente
Convenio les sea de aplicación, siempre y cuando el OARGT tenga en dichos municipios
una oficina de atención al público, y no exista ningún PIC gestionado por el respectivo
Ayuntamiento.
El régimen de funcionamiento y prestación de servicios de estos PIC será el
establecido por la Dirección General del Catastro.
El OARGT se compromete a la recepción y registro en los sistemas informáticos de
la Dirección General del Catastro, de alegaciones, solicitudes y recursos en materia
catastral, ajenos al presente Convenio.
Colaboración en la notificación.

1. El OARGT se compromete por el presente Convenio a la notificación postal a los
interesados de los borradores de declaración, requerimientos, audiencias y acuerdos de
alteración catastral adoptados por la Gerencia, resultantes de la aplicación de las
cláusulas segunda, tercera y cuarta anteriores, en los términos establecidos en el
artículo 17 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, acogiéndose al sistema
de reparto «Correos SICER».
2. Asimismo, el OARGT se compromete por el presente Convenio a la colaboración
en el cien por cien de todas las actuaciones de notificación postal derivadas de los
procedimientos de valoración colectiva de carácter general o parcial, de conformidad con
lo previsto en el artículo 29 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y en los
artículos 110 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, de
aplicación supletoria en la notificación de valores catastrales, acogiéndose al sistema de
reparto «Medios propios y Correos SICER».
Dado que el sistema de reparto incluye medios propios, las notificaciones de los
acuerdos de valoración podrán realizarse con el personal propio del OARGT o mediante
la contratación con empresas de servicios postales, ajustada a los requisitos
establecidos en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los
derechos de los usuarios y del mercado postal, así como a su normativa de desarrollo.
El sistema de colaboración previsto en los apartados 1 y 2 anteriores no se aplicará
al reparto de las comunicaciones de clave concertada, que será efectuado por la
Dirección General del Catastro.
La Gerencia asumirá, en todo momento, la dirección y el control de todo el proceso
de distribución y frecuencia de entrega de las notificaciones derivadas de procedimientos
de valoración colectiva de carácter general o parcial.

cve: BOE-A-2021-8250
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.