III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-8262)
Circular informativa 4/2021, de 5 de mayo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Campo
*
*
*
Descripción
VALOR_AUDITADO
Valor real de la Inversión.
ACTUACION
0: Extensión.
1: Mejora (Ampliación o mejora de una instalación
existente). No se incluirán en este fichero renovaciones
asociadas a la extensión de vida útil de instalaciones11.
Sec. III. Pág. 59473
LONG
126
Tipo
LONG fija
Ejemplo
Euro.
No
1
Entero.
Sí
1
SOBRECOSTE
0: No supera el 15% del valor unitario de referencia
establecido en el apartado 7.3 de la Circular 5/2019.
1: Supera el 15% del valor unitario de referencia
establecido en el apartado 7.3 de la Circular 5/2019.
1
Entero.
Sí
0
OTRAS_ACTIVIDADES
0: los activos declarados no van a ser empleados, total o
parcialmente, en la realización de actividades diferentes
al transporte de electricidad.
1: los activos declarados van a ser empleados, total o
parcialmente, en la realización de actividades diferentes
al transporte de electricidad.
1
Entero.
Sí
0
VALOR_RESOLUCION
Valor de la Inversión estimado establecido en la
Resolución de singularidad (sólo instalaciones
singulares).
Euro.
No
AÑO_PS_INCREMENTO
Año en el que se produce el incremento de capacidad.
4
Entero.
Sí
INCREMENTO_CAPACIDAD
Diferencia entre MVA totales de línea tras el incremento
de capacidad y los MVA existentes antes del
incremento.
14
Entero.
No
INVERSION_INCREMENTO
Valor real de inversión del incremento de capacidad.
126
Euro.
No
OyM
Valor de Operación y Mantenimiento (sólo para
instalaciones singulares y otras tipologías no incluidas
en los valores unitarios de referencia).
126
Euro.
No
126
yyyy
4
Indica si se trata de un campo obligatorio. La declaración de los campos marcados con * sólo será
obligatoria en caso de que la inversión se haya efectuado el año n-2 al que se refiere la información, o se haya
modificado el valor declarado anteriormente.
5
PARTICIPACIÓN debería incluirse el % de la inversión financiada por terceros, debiendo aparecer un
100% en las instalaciones que han sido financiadas por terceros en su totalidad y un 0% en las que han sido
sufragadas íntegramente por la empresa transportista.
6
En el caso de que estas ayudas públicas provengan de un organismo de la Unión Europea, este valor
será el 90% del importe percibido. Para aquellos años en los que no se disponga de esta información por
instalación, se deberá adjuntar un cuadro resumen por año con las ayudas recibidas.
7
En caso de incrementos de capacidad, la FECHA_APS no se refiere a la fecha del incremento, sino a la
fecha original de puesta en servicio de la instalación. A este respecto, si dicha fecha fuera anterior a 1998, se
completará con 1997.
8
Sólo se declarará para instalaciones dadas de baja en el ejercicio n-2. Será obligatorio si el campo
CAUSA_BAJA toma los valores 1, 2 ó 3.
9
En caso de incrementos de capacidad, se indicará la longitud del tramo repotenciado.
10
En caso de incremento de capacidad posterior, se pondrá en este campo la capacidad original de la
línea.
11
No se incluirán las actuaciones declaradas en los formularios del Anexo V.
cve: BOE-A-2021-8262
Verificable en https://www.boe.es
REQ4
*
Martes 18 de mayo de 2021
Núm. 118
Campo
*
*
*
Descripción
VALOR_AUDITADO
Valor real de la Inversión.
ACTUACION
0: Extensión.
1: Mejora (Ampliación o mejora de una instalación
existente). No se incluirán en este fichero renovaciones
asociadas a la extensión de vida útil de instalaciones11.
Sec. III. Pág. 59473
LONG
126
Tipo
LONG fija
Ejemplo
Euro.
No
1
Entero.
Sí
1
SOBRECOSTE
0: No supera el 15% del valor unitario de referencia
establecido en el apartado 7.3 de la Circular 5/2019.
1: Supera el 15% del valor unitario de referencia
establecido en el apartado 7.3 de la Circular 5/2019.
1
Entero.
Sí
0
OTRAS_ACTIVIDADES
0: los activos declarados no van a ser empleados, total o
parcialmente, en la realización de actividades diferentes
al transporte de electricidad.
1: los activos declarados van a ser empleados, total o
parcialmente, en la realización de actividades diferentes
al transporte de electricidad.
1
Entero.
Sí
0
VALOR_RESOLUCION
Valor de la Inversión estimado establecido en la
Resolución de singularidad (sólo instalaciones
singulares).
Euro.
No
AÑO_PS_INCREMENTO
Año en el que se produce el incremento de capacidad.
4
Entero.
Sí
INCREMENTO_CAPACIDAD
Diferencia entre MVA totales de línea tras el incremento
de capacidad y los MVA existentes antes del
incremento.
14
Entero.
No
INVERSION_INCREMENTO
Valor real de inversión del incremento de capacidad.
126
Euro.
No
OyM
Valor de Operación y Mantenimiento (sólo para
instalaciones singulares y otras tipologías no incluidas
en los valores unitarios de referencia).
126
Euro.
No
126
yyyy
4
Indica si se trata de un campo obligatorio. La declaración de los campos marcados con * sólo será
obligatoria en caso de que la inversión se haya efectuado el año n-2 al que se refiere la información, o se haya
modificado el valor declarado anteriormente.
5
PARTICIPACIÓN debería incluirse el % de la inversión financiada por terceros, debiendo aparecer un
100% en las instalaciones que han sido financiadas por terceros en su totalidad y un 0% en las que han sido
sufragadas íntegramente por la empresa transportista.
6
En el caso de que estas ayudas públicas provengan de un organismo de la Unión Europea, este valor
será el 90% del importe percibido. Para aquellos años en los que no se disponga de esta información por
instalación, se deberá adjuntar un cuadro resumen por año con las ayudas recibidas.
7
En caso de incrementos de capacidad, la FECHA_APS no se refiere a la fecha del incremento, sino a la
fecha original de puesta en servicio de la instalación. A este respecto, si dicha fecha fuera anterior a 1998, se
completará con 1997.
8
Sólo se declarará para instalaciones dadas de baja en el ejercicio n-2. Será obligatorio si el campo
CAUSA_BAJA toma los valores 1, 2 ó 3.
9
En caso de incrementos de capacidad, se indicará la longitud del tramo repotenciado.
10
En caso de incremento de capacidad posterior, se pondrá en este campo la capacidad original de la
línea.
11
No se incluirán las actuaciones declaradas en los formularios del Anexo V.
cve: BOE-A-2021-8262
Verificable en https://www.boe.es
REQ4
*
Martes 18 de mayo de 2021