IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-24730)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

24730

BARCELONA

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto
de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,
Hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 142/2021. Sección: B.
NIG: 0801947120218001763.
Fecha del auto de declaración. 5.5.2021.
Clase de concurso. Consecutivo abreviado.
Entidad concursada. Tawfik Agib Tawfik Mankaryos, con X07253867N.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
JORGE MAYOL CASTAÑON.
Dirección postal: Plaza Francesc Macía, n.º 3, 08021 Barcelona.
Dirección electrónica: jmayol@bcnabogados.es
Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.
Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art.
292-293 del TRLC, en el que consta la situación de insuficiencia de masa activa.
Se tiene por formulada la petición de conclusión del concurso por insuficiencia
de masa activa.
Llamamiento a los acreedores. Se da traslado a los acreedores por QUINCE
DÍAS, a contar desde la publicación de la declaración de concurso en el Registro
Público Concursal para que realicen alegaciones o, en su caso, se opongan a la
petición de conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: http s: //www.publicidadconcursal.es
Barcelona, 6 de mayo de 2021.- Letrado de la Administracion de Justicia, Luis
Miguel Gonzalo Capellin.
ID: A210031723-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-24730
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Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de
Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial //
en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.