IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-24477)
SEVILLA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

24477

SEVILLA

Edicto
Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2ª), en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la ley concursal (lc), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 606/11-6, por auto de fecha de su firma
electrónica 12 de mayo de 2021- se ha declarado la conclusión del procedimiento
concursal de D. SILVESTRE GATA CASTAÑO y cuya parte dispositiva es del tenor
literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de SILVESTRE GATA CASTAÑO.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso,
se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo comparecer a
tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial
que le habilita como tal.
6.- Declarar que el deudor sigue siendo responsable del pago de los créditos
no satisfechos, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares,
en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del
Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos
mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente
resolución.

Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles
Magistrado de la Sección Segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla.
Doy fe.
Sevilla, 12 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Dña.
Ana María Gullón Gullón.
ID: A210031116-1

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9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera
notificado la declaración de concurso a la administración concursal, a la
concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido
notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley
Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto
Refundido de la Ley Concursal).