V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-24552)
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife relativa al otorgamiento de licencia provisional a la entidad Contenerfrut, S.A. para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

24552

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Santa Cruz de Tenerife relativa al otorgamiento de licencia provisional a
la entidad Contenerfrut, S.A. para la prestación del servicio portuario de
manipulación de mercancías en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de
Tenerife, en sesión celebrada el 28 de abril de 2021, acordó otorgar licencia
provisional a la entidad CONTENERFRUT, S.A., para la prestación del servicio
portuario de manipulación de mercancías en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife,
con sujeción a las mismas condiciones y al Pliego de Cláusulas de Explotación del
Servicio Público de Estiba y Desestiba de Buques de fecha 31 de marzo de 1988,
en todo lo que no contravenga lo dispuesto sobre la materia en el Reglamento (UE)
2017/352 por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y
se adoptan nuevas normas comunes sobre la transparencia financiera de los
puertos, al TRLPEMM, siempre y cuando no contradiga a lo establecido en el
mencionado reglamento, y demás normativa de aplicación, hasta que se otorgue
licencia de conformidad con las prescripciones particulares previstas en el artículo
113 del TRLPEMM y, en todo caso, por un plazo máximo de DOS (2) AÑOS si
éstas no se aprobaran con anterioridad; todo ello sin perjuicio de la obligación del
titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico
del título, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor,
computándose el plazo de la nueva licencia provisional a partir del día 9 de mayo
de 2021.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace
público para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 10 de mayo de 2021.- El Presidente, Carlos E.
González Pérez.

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