II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE HACIENDA. Destinos. (BOE-A-2021-8111)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE HACIENDA
8111

Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la que se resuelve el concurso general para la
provisión de puestos de trabajo.

Por Resolución de 13 de noviembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de
noviembre), se convocó concurso general (2020A01) para la provisión de puestos de
trabajo.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las solicitudes presentadas,
valorados los méritos alegados por los concursantes y previa propuesta elaborada por la
correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la Base Octava de la
citada Resolución, esta Presidencia acuerda:
Primero.
Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en el Anexo I de esta
Resolución y declarar vacantes los puestos de trabajo que se especifican en el mismo.
Segundo.
Los destinos adjudicados, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento General
de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y,
en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo
serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los
interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por
concursos convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo
caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados a comunicar por escrito, la
renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercida, con indicación del Departamento en
el que hubieren obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de
nombramiento.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si
no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del
cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la
publicación de esta Resolución.
En el supuesto de reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
contarse desde la fecha de publicación de esta Resolución.
Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución se encuentren
disfrutando de licencias o permisos, les será de aplicación lo especificado en el
artículo 48 del Reglamento General de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo, en lo
que se refiere al cómputo de los plazos de cese y toma de posesión. Estos mismos
preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación al
nuevo destino.

cve: BOE-A-2021-8111
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.