II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8154)
Resolución de 3 de mayo de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 58699

En el caso de los concursos de acceso al cuerpo de PTU, entregarán cinco copias de
este tercer documento:
(iii) un programa de una de las asignaturas fundamentales (troncales, obligatorias o
asimiladas a éstas) propias de la rama y área de conocimiento objeto de la plaza.
6.3.3 Para el acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad se
celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar el paso
de los candidatos a la siguiente prueba; no pasarán a ella quienes no obtengan al menos
tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición, y posterior debate con la comisión, de una de
estas dos opciones, a elegir por el candidato/a: (i) de un trabajo original de investigación;
o (ii) de un proyecto de investigación, del cual el candidato o la candidata habrá de ser
investigador principal.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.4 Para el acceso al cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad
se celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador. Finalizada la prueba, la
comisión procederá a una votación para determinar a qué persona o personas procede
proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, de un
tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría del programa de la asignatura que
haya presentado previamente el candidato (apartado 3 de este Art. 6, documento (iii);
dicho tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría será elegido libremente por
cada candidato.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.5 Las decisiones de los miembros de la comisión de selección se acompañarán
de un informe en el que quede motivado el sentido del voto por medio de una valoración
individualizada de cada candidato/a.
6.3.6 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza convocada,
cuando a juicio motivado de la comisión de selección los currículos o las exposiciones de
los/las aspirantes no se adecuen a las exigencias académicas fijadas y, por ende, nadie
obtenga el número de votos favorables necesario.
6.3.7 Una vez celebrado el concurso, la Universidad hará públicos, a través de los
medios oportunos, los resultados de la evaluación de cada candidato/a, desglosada por
cada uno de los aspectos evaluados.
6.3.8 Los/las aspirantes, a lo largo de todo el proceso selectivo, serán
convocados/as por las Comisiones de Selección a los distintos actos mediante único
llamamiento, siendo excluidos/as del concurso de acceso quienes no comparezcan,
salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados como tales
por la Comisión. En todo caso, corresponderá a las Comisiones de Selección la
verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las
pruebas, adoptando al respecto las decisiones que estimen pertinentes.

cve: BOE-A-2021-8154
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 117