II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8154)
Resolución de 3 de mayo de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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universidad, y tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el
puesto. No pondrán participar en este proceso de promoción interna quienes ya ostenten
la condición de Catedrático de Universidad en la misma área de conocimiento en esta o
en otra Universidad.
b) Si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano,
las respectivas Comisiones de Selección podrán establecer, en su caso, pruebas
específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito. Para participar en los
concursos de acceso a las plazas de cuerpos docentes vinculadas a plazas asistenciales
de Instituciones Sanitarias, los concursantes acreditados deberán estar en posesión del
título oficial de Especialista que corresponda a dicha plaza.
2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes estén interesados en tomar parte en los concursos formalizarán su
solicitud en el modelo normalizado de instancia que podrán obtener en la Sede
Electrónica de la Universidad de Salamanca, https://sede.usal.es/web/guest/catalogo-deservicios y también en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador,
http://www.usal.es/node/27745.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al/a la Rector/a de la Universidad de Salamanca en
el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes podrán presentarse:
De conformidad con lo establecido en el artículo 3.2.a) de la Resolución de 20 de
octubre de 2016, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se publica el
Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, y
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público, BOCyL
de 31 de octubre de 2016): «2. Las personas que se relacionen por medios electrónicos
con la Universidad de Salamanca tendrán el deber:
a) De presentar sus solicitudes y realizar el resto de trámites que correspondan en
los procedimientos en que participen utilizando los medios electrónicos que la
Universidad de Salamanca ponga a su disposición a través de su sede electrónica.»
En el registro electrónico de la Universidad de Salamanca en Sede Electrónica,
https://sede.usal.es.

– En las Oficinas de Registro de los Centros y del Rectorado, de acuerdo con lo
establecido en el Acuerdo Normativo sobre «Organización y Funcionamiento del Registro
Único automatizado de la Universidad de Salamanca», BOCyL de 9 de junio de 2000).
– En los lugares previstos en el artículo 16.4, apartados b), c) y d) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones
Públicas (BOE de 2 de octubre):
• En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
• En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
• En las oficinas de asistencia en materia de registros.

cve: BOE-A-2021-8154
Verificable en https://www.boe.es

De forma transitoria: