II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8156)
Resolución de 3 de mayo de 2021, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 58728

1.4 Las plazas convocadas están dotadas presupuestariamente en la
aplicación 06.01.422D.182.01 «Plan de Estabilización y Promoción» del presupuesto de
la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2020, prorrogado para el ejercicio 2021.
2.

Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido al presente concurso de acceso, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:

2.2 No se admitirá la participación en los concursos de acceso a quienes ostenten
la condición de profesor de plaza de igual categoría y de la misma área en otra
Universidad, salvo que se haya producido su desempeño efectivo durante, al menos, dos
años, de conformidad con el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007. En ningún caso se
admitirá la participación en el concurso de acceso si se ostenta la condición de profesor
de una plaza de igual categoría y de la misma área de conocimiento y Departamento de
la Universidad de Oviedo.
2.3 Los requisitos señalados en la presente base, deberán poseerse a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la toma de posesión. Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es
aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo
no resultara acreditado el conocimiento del español, las respectivas comisiones de
selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.

cve: BOE-A-2021-8156
Verificable en https://www.boe.es

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional
de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Unión
Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de
Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de Estados a los que, en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber superado los setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas por sentencia judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
d) Estar en posesión del título de Doctor o Doctora.
e) Justificar hallarse acreditado para el cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 12 y disposiciones
adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos
docentes, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo. Asimismo, podrán
presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados o habilitadas
conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se
regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios
Docentes Universitarios y el régimen de los concursos respectivos. A su vez se
entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela
Universitaria lo estarán para Profesor o Profesora titular de Universidad.