III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-8169)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Cruz Blanca, para el desarrollo de talleres y programas de tratamiento en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
8169

Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y la Fundación Cruz Blanca, para el desarrollo de talleres y
programas de tratamiento en el medio abierto y en el ámbito de las penas y
medidas alternativas.

Habiéndose suscrito el 5 de mayo de 2021 el Convenio entre el Ministerio del Interior,
a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Fundación Cruz
Blanca para el desarrollo de talleres y programas de tratamiento en el medio abierto y en
el ámbito de las penas y medidas alternativas, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 11 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y la Fundación Cruz Blanca para el desarrollo de
talleres y programas de tratamiento en el medio abierto y en el ámbito de las penas
y medidas alternativas
Madrid, a 5 de mayo de 2021

De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del Secretario de Estado de Seguridad,
según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden INT/985/2005,
de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las
delegaciones efectuadas por otras autoridades (en su redacción dada por el artículo 1,
apartado 3, de la Orden INT/50/2010, de 12 de enero), en relación con el artículo 62.2.g)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con
domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Miguel López Nacarino en nombre y representación de la de la
Fundación Cruz Blanca (en adelante, la Fundación) como Director, elegido por el
patronato de fecha 5 de junio de 2015 y facultado para este acto en virtud de las
atribuciones que tiene conferidas como Director según otorgamiento de poderes
escriturados ante notario el 5 de julio de 2015. Inscrita en el Registro Nacional de
Fundaciones con n.º 1224 y con domicilio a los efectos del presente convenio en calle
Anís n.º 6 Montequinto (Sevilla).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto

cve: BOE-A-2021-8169
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