III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-8186)
Resolución de 11 de mayo de 2021, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica Convenio con la Universidad de La Laguna, para regular su colaboración en el ámbito de la investigación y la docencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58960

La persona responsable de la colaboración por parte del IAC será el coordinador de
Enseñanza.
Todo aviso, solicitud o comunicación que las Partes deban dirigirse en virtud del
presente Convenio, se efectuará mediante comunicación certificada a las siguientes
direcciones:
IAC:
Instituto de Astrofísica de Canarias. Área de Enseñanza Superior. A/A: Coordinador.
Calle Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, Tenerife, España. Email: corens@iac.es.
Teléfono(s): 922 605200 (ext. 271).
Universidad:
Universidad de La Laguna. Vicerrectorado de Investigación, Transferencia, Campus
Santa Cruz y Sur. A/A: Vicerrector/a. Calle Pedro Zerolo, s/n. Edificio Central. 38200 La
Laguna, Tenerife, España. Email: vicinv@ull.edu.es. Teléfono(s): 922 316502 (ext. 9480).
Tercera. Obligaciones de las partes.

1. Cumplir lo que se expresa en los apartados incluidos en el presente Convenio.
2. Incluir dentro de su oferta de plazas para personal investigador posdoctoral, un
mínimo de 2 plazas para el departamento de Astrofísica y hasta un máximo de 4 plazas
cada dos años. Una de ellas se ofertará a través de los programas de las convocatorias
Viera y Clavijo, Ramón y Cajal, Beatriz Galindo, Juan de la Cierva o equivalente. La
segunda será una plaza de la Oferta de Empleo Público de la ULL de Prof. Contratado/a
Doctor/a o Prof. Titular, en ambos casos con acreditación I3, para investigadores/as
Ramón y Cajal o de otros programas post-doctorales de excelencia homologados
provenientes de fuera de la ULL.
3. Aceptar a los investigadores/as del IAC que estén en posesión del título de
Doctor, como miembros del Departamento con los mismos derechos y deberes ante el
Departamento, incluidos la pertenencia y voto en el Consejo de Departamento para
aquellos que lo solicitasen. A tal efecto, el vínculo de estos doctores con el IAC debe ser
estable, entendiéndose por tal aquel que se deriva de una relación de servicios de
carácter administrativo o laboral y cuya duración sea superior a seis meses. Para el
reconocimiento de dicha vinculación bastará con certificación expedida por la Dirección
del IAC. Todo ello, en los términos de la legislación vigente en cada momento.
4. Autorizar a los investigadores del Departamento de Astrofísica a dirigir y/o
participar en proyectos de investigación solicitados por el IAC, de conformidad con los
criterios que establezca la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del
presente Convenio.
5. Reconocer el derecho al acceso y uso de los medios materiales de la
Universidad, a los doctores/as con más de seis meses de contrato, que pertenezcan
al IAC y así lo soliciten, a través de la correspondiente tarjeta universitaria y de
conformidad con los criterios que establezca la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y
Control prevista en la cláusula quinta del presente Convenio.
6. Reconocer el derecho de los/as investigadores/as predoctorales del IAC a
colaborar en tareas docentes del Departamento de Astrofísica, en los términos previstos
en el artículo 4 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el
Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación. A estos efectos, la
Universidad se compromete a conceder la correspondiente venia docendi al investigador
predoctoral.
7. Reconocer el derecho de los/as investigadores/as posdoctorales del IAC a
colaborar en tareas docentes de Departamento de Astrofísica según las condiciones
previstas en la convocatoria de sus contratos o, en su caso, hasta un máximo de 8 ECTS

cve: BOE-A-2021-8186
Verificable en https://www.boe.es

La Universidad se compromete a: